El Ayuntamiento de Antas de Ulla aprobó en el último pleno ordinario de la Corporación municipal, a propuesta de la Alcaldía, la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del suministro del servicio de agua.
La modificación tiene como objetivo evitar problemas de abastecimiento, especialmente en período estival, teniendo en cuenta las características de los recursos hídricos municipales. Atendiendo a ciertas prácticas que provocan daños y roturas en las tuberías y que, por lo tanto, suponen un grave perjuicio a la comunidad de usuarios del servicio a modificación afecta al artículo 8º que regula, de forma genérica, las infracciones y sanciones.
La ordenanza establece, tras su modificación, como infracciones muy graves:
El uso del agua sin la preceptiva licencia de enganche a la red.
Cometer cualquier acto que provoque daños o desperfectos en las tuberías, instalaciones o equipos de los sistema de abastecimiento de aguas.
Introducir modificaciones fraudulentas en las conexiones a la red o manipular los contadores de medición de consumo con el objeto de registrar menor consumo del real.
Realizar derivaciones del caudal antes del equipo de medición.
Interconectar redes privadas con el sistema público de abastecimiento de agua.
Hacer conexiones directamente desde tuberías de bombeo, líneas de conducción o líneas que interconecten unidades del sistema.
Conectar equipos de bombeo o mecanismos que succionen el agua directamente de las redes de suministro o desde las conexiones domiciliarias.
Los comportamientos negligentes o maliciosos que provoquen cualquier tipo de contaminación a la red de distribución.
La reincidencia en las infracciones graves.
Asimismo, serán infracciones graves:
Impedir el acceso al inmueble del personal del servicio municipal de agua para la lectura de los contadores, la inspección de las instalaciones o el ejercicio de cualquiera de las funciones propias del cargo.
No efectuar las reparaciones o modificaciones indicadas por el servicio municipal de agua del Ayuntamiento en la red interna del usuario que signifiquen derroche de agua.
Interferir en la prestación de los servicios de agua potable, causando perjuicios a otros usuarios.
Cortar o interrumpir el servicio de agua de un tercero.
No pagar la conexión de agua.
Serán infracciones leves aquellas que se puedan cometer en relación al uso o destino del agua y que no se tipifiquen como infracción grave o muy grave.
Sanciones
Las infracciones podrán ser sancionadas con multas de 900,01 a 1.800 euros en el caso de las tipificadas como muy graves; de 300,01 a 900 euros las graves y con sanciones de hasta 300 euros las infracciones leves.
A estas sanciones se les podrá acumular la suspensión del suministro.
La propuesta fue aprobada con los votos a favor del equipo de Gobierno (PP), la abstención de AVA y el voto en contra del PSOE.
Festivos locales para el año 2022
La corporación municipal aprobó por unanimidad declarar festivos locales en el Ayuntamiento de Antas de Ulla los días: 1 de marzo, martes de Carnaval, y el 8 de septiembre, festividad de la Virgen de los Remedios. El 24 de junio, día de San Juan, será festivo de carácter autonómico.